Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá resolvió tener por no presentada la reclamación de la empresa Importadora y Exportadora Euromaxx LTDA. La decisión se fundamentó en que la cuantía del reclamo superaba las 32 Unidades Tributarias Mensuales y no contaba con patrocinio de abogado habilitado, conforme a los artículos 122 inciso IV de la Ordenanza de Aduanas, 1 de la Ley 18120 y 4 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordenó notificar por carta certificada a la empresa reclamante. La resolución fue pronunciada por el juez titular Mario Guzmán Cortes y autorizada por el secretario abogado aduanero Francisco Orellana Rivera.