Resumen del criterio jurisprudencial
Se trata de un procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de Arica,, caratulado "Cooperativa de Ahorro y Crédito de Arica y Parinacota Limitada con Contador". La parte ejecutada dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica de diez de agosto de dos mil veintiséis, que revocó la resolución de primer grado que acogió el incidente de abandono del procedimiento y lo rechazó. La impugnante fundó el recurso de nulidad formal en la causal del numeral 5° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación con los numerales 4° y 5° del artículo 170 del mismo código, y el recurso de fondo en la infracción de los artículos 153 y 170 N° 4 y 5 del Código de Procedimiento Civil. La Corte Suprema declaró inadmisibles ambos recursos, ya que la resolución impugnada no es una sentencia definitiva ni una interlocutoria que haya concluido el juicio o hecho imposible su prosecución, conforme a los artículos 766 y 767 del Código de Procedimiento Civil.