Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Concepción rechaza el recurso de nulidad interpuesto por la demandante Priscila Contreras Medina en contra de la sentencia de primera instancia que declaró la existencia de relación laboral entre las partes desde el 01 de febrero de 2008 hasta el 01 de marzo de 2022. La sentencia de origen rechazó las demandas de despido indirecto y nulidad del despido, declarando que la relación laboral terminó por renuncia de la trabajadora. Sin embargo, condenó a la municipalidad al pago de cotizaciones previsionales no pagadas durante toda la vigencia de la relación laboral. La Corte confirma que la naturaleza declarativa de la sentencia de primera instancia justifica el rechazo de las pretensiones de la demandante respecto al despido indirecto.