Resumen del criterio jurisprudencial
Aguas Chañar S.A. interpuso una reclamación judicial ante el Segundo Tribunal Ambiental en contra de la Resolución Exenta N° 1.881 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), que rechazó la solicitud de invalidación de la Resolución Exenta N° 939 y acogió parcialmente el recurso de reposición, reduciendo sanciones por infracciones en la calidad del servicio de agua potable. La SISS había formulado cargos por deficiencias en Copiapó, Caldera, Tierra Amarilla, Chañaral e Inca de Oro, imponiendo multas. La reclamante alegó errores de calificación, falta de proporcionalidad, prescripción, caso fortuito, ausencia de culpabilidad y violación del principio non bis in idem. El Tribunal, de oficio, declaró su incompetencia absoluta en razón de la materia, al considerar que no existía un procedimiento de invalidación en los términos del artículo 53 de la Ley N° 19.880, sino la aplicación del sistema recursivo ordinario. En consecuencia, rechazó la reclamación y no condenó en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.