Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpone recurso de hecho contra la resolución del Juez Sustanciador de la Tesorería Regional de Coquimbo que declaró inadmisible la apelación subsidiaria deducida contra la decisión que rechazó el incidente de abandono del procedimiento en un cobro tributario. El recurrente sostiene que el Tesorero actúa como juez y que la apelación es procedente según las normas supletorias del Código de Procedimiento Civil. El Fisco informa que la apelación no procede en la fase administrativa y que la revisión corresponde al juez civil. La Corte acoge el recurso de hecho, estimando que el procedimiento ante el Tesorero tiene naturaleza jurisdiccional y que la resolución que rechaza el abandono es apelable. Se concede la apelación en el solo efecto devolutivo y se retienen los antecedentes para tramitar el recurso.