Resumen
Industrial de Procesos de la Metalúrgica SPA interpuso un reclamo contra la Resolución Exenta N°424 (183) de 20 de junio de 2019, que negó parcialmente la devolución del remanente no imputado de IVA Crédito Fiscal correspondiente a retenciones realizadas en abril de 2019. La empresa alegó que, al amparo del artículo 27 bis de la Ley del IVA, tenía derecho a la devolución del crédito fiscal generado por sus operaciones de compra y venta de chatarra. El Servicio de Impuestos Internos sostuvo que, según el artículo 23 N°5 de la Ley del IVA, los impuestos retenidos en facturas no fidedignas no generan crédito, y por ello rechazó la devolución. El tribunal analizó que la excepción del artículo 23 N°5 no se aplicaba al caso, pues la empresa cumplió con los requisitos formales de las facturas y del pago del impuesto. En consecuencia, el tribunal confirmó que la resolución impugnada carecía de fundamento legal y ordenó la restitución total de los montos reclamados. Finalmente, se confirmó la resolución sin condena en costas al reclamante.