Resumen
• el tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en sentencia definitiva, resolvió no ha lugar al reclamo, considerando que conforme al análisis de los documentos y antecedentes de autos, aparece que lo solicitado por la reclamante en la petición administrativa ot n°3206497 de fecha 12.07.2021, efectivamente ya se encuentra realizado por el servicio de impuestos internos, y que por su parte, la contribuyente no ha controvertido la clasificación de la clase de suelos realizada por el ente fiscal, ni ha señalado si existe un error o cómo debiesen estas ser clasificadas. la sentencia no fue apelada y se encuentra firme y ejecutoriada.