Resumen
La Dirección General de Aguas (DGA) dedujo recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió la reclamación de Empresa Eléctrica Portezuelo SpA, dejando sin efecto la Resolución DGA N° 1508 de 2021 y ciertos considerandos y resuelvos de la Resolución DGA N° 1327 de 2015, que aprobó el proyecto de la Central Hidroeléctrica Los Hierros II. La DGA alegó infracción a los artículos 6, 13 y 14 del Código de Aguas y al artículo 4° de la Ley N° 19.880, argumentando que la sentencia confundía el uso de un derecho de aprovechamiento consuntivo con su naturaleza, y que no se impusieron nuevas obligaciones a la Asociación de Canalistas del Canal Melado. La Corte Suprema rechazó el recurso, señalando que el recurso adolecía de un defecto formal al impugnar hechos de la causa, y que no se demostró infracción a las leyes reguladoras de la prueba. Además, confirmó que la imposición de una nueva obligación a un tercero no parte del procedimiento vulnera el principio de contradictoriedad y el debido proceso.