El recurrente interpone acción constitucional de protección contra la Isapre recurrida…
Sentencia · Corte Suprema · 2026
Resumen
El recurrente interpone acción constitucional de protección contra la Isapre recurrida debido a la decisión de alzar el precio de la prima GES, alegando un acto unilateral desproporcionado e injustificado que vulnera sus garantías constitucionales (arts. 19 N° 9 y 24 CPR). La alzada del precio se fundamenta en la Resolución Exenta N° 1.541 del Ministerio de Salud (2025) y en la determinación de la Superintendencia de Salud conforme al art. 206 bis del DFL N° 1 de 2005. La Corte Suprema recuerda que el contrato de salud es de adhesión pero parcialmente dirigido, con intervención de la autoridad para proteger a afiliados. El precio informado es producto de un proceso objetivo fiscalizado por la Superintendencia, sin arbitrariedad ni ilegalidad. En consecuencia, la Corte confirma la resolución apelada que rechazó el recurso de protección, sin costas.
Normas citadas
Art. 19 N° 9 y 24 de la Constitución Política de la República
Art. 206 del D.F.L. N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud
Art. 206 bis del D.F.L. N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud (Ley N° 21.674)
Resolución Exenta N° 1.541 del Ministerio de Salud (2025)
Art. 20 de la Constitución Política de la República
Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia
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