Resumen
El Tribunal Constitucional, mediante proceso de inconstitucionalidad de oficio iniciado el 24 de noviembre de 2021, declaró inconstitucional el guarismo 'VII' contenido en el inciso primero del artículo 13 y artículo 14 de la Ley N° 16.441, que crea el D.I.P.. El proceso tuvo como antecedente necesario la sentencia de inaplicabilidad -INA de fecha 29 de enero de 2021. Las normas impugnadas establecían un régimen penal especial para la Isla de Pascua que rebajaba las penas en ciertos delitos, incluyendo delitos sexuales cometidos en la isla y por isleños, y permitía que hasta 2/3 de la pena fueran cumplidos fuera de establecimientos penitenciarios bajo condiciones de trabajo y residencia. El Tribunal consideró que estas disposiciones infringían la garantía de igualdad ante la ley y no discriminación del artículo 19 N° 2 de la Constitución, al establecer un privilegio penal indebido e injustificado que resultaba discriminatorio y arbitrario respecto de las mujeres de Isla de Pascua. El quorum de 4/5 de Ministros en ejercicio para declarar la inconstitucionalidad se alcanzó solamente respecto de la remisión al Título VII del Libro Segundo del Código Penal (delitos sexuales), no respecto al texto completo de los artículos. La sentencia tiene efectos erga omnes.