Resumen del criterio jurisprudencial
La demandante, madre y apoderada del Colegio, también diseñadora y comerciante, denunció que el Colegio imponía el uso exclusivo de uniformes escolares vendidos por una empresa relacionada (Shopping Casablanca), lo que constituía abuso de propiedad industrial y prácticas anticompetitivas. Señaló que el Colegio la hostigó y amenazó tras comenzar a confeccionar uniformes, y que el proceso de licitación era ficticio para mantener la exclusividad. El Tribunal consideró que las condiciones de la licitación eran excesivas y que el Colegio no permitía la competencia real, afectando la libre competencia. Se condenó al Colegio al pago de una multa de 25 UTA y se le previno para que en el futuro realice procesos de adjudicación transparentes y objetivos. No se acogió la demanda en cuanto a la imposición de compra del uniforme como acto anticompetitivo autónomo. La decisión fue unánime, sin disidencias.