Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado Esteban Mario Arévalo Díaz dedujo acción constitucional de amparo en favor de Jessica Alejandra Millalonco Araneda, imputada en causa, en contra del Juzgado de Garantía de Puerto Montt por la resolución de 20 de agosto de 2026 que amplió el plazo de investigación hasta el 9 de diciembre de 2026. El recurrente sostuvo que dicha ampliación constituía una segunda ampliación prohibida por el artículo 257 del Código Procesal Penal, ya que la investigación había sido reabierta y ampliada previamente. Además, alegó que la ampliación recayó sobre un plazo ya expirado y que la prolongación ilegal mantenía vigente el arraigo nacional, afectando la libertad ambulatoria. El tribunal informante señaló que la ampliación se justificó por el debate sobre posibles acuerdos y que la defensa no había solicitado formalmente el apercibimiento. La Corte de Apelaciones rechazó el amparo, considerando que la resolución impugnada no constituía una afectación ilegal a la libertad personal, pues la medida cautelar fue decretada dentro del proceso penal y la discrepancia interpretativa no bastaba para configurar una vulneración constitucional.