Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público acusó al imputado por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, fundado en que éste habría sido sorprendido por personal del OS 7 de Carabineros vendiendo papelillos contenedores de cannabis sativa, y habiéndosele incautado más droga posteriormente en su domicilio. Tras producirse la aceptación de los hechos y los antecedentes de la investigación para proceder a la aplicación del abreviado, la Defensa del imputado solicitó la absolución fundado básicamente en que el agente encubierto utilizado en la operación tenía en realidad la calidad de incitador, lo que impedía considerar la transacción como ilegal. En segundo lugar, sostuvo que la policía ingresó al domicilio del imputado sin autorización judicial previa y sin consentimiento efectivo del afectado, a quien se habría obligado a firmar el acta. El tribunal comparte el primer argumento de la Defensa, no así el segundo, estimando que si el imputado prestó su consentimiento, lo que se acreditó mediante acta firmada y sin existir prueba contraria destinada a desvirtuar dicha voluntad, estamos ante uno de los casos en que la inviolabilidad del hogar cede, y puede procederse al allanamiento en conformidad a las excepciones legales.