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Lo expuesto no significa que el demandante no tenga derecho a que se proteja su reputac…

Resumen del criterio jurisprudencial

Lo expuesto no significa que el demandante no tenga derecho a que se proteja su reputación, pero los requisitos de esta protección deben sopesarse frente a los intereses de la discusión pública abierta y blindada por la libertad de expresión; máxime además en contextos de contienda o conflicto, entre otros, de naturaleza laboral o sindical como subyace en el presente litigio.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.