Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana declaró inadmisible el reclamo presentado por Comercializadora Pitrufquen Maf. LTDA. contra el SII. El tribunal advirtió que, según la escritura de constitución de la sociedad, la administración correspondía conjuntamente a doña Gloria Isabel Herrera Moncada y don Rafael Antonio González Sepúlveda. Sin embargo, solo compareció don Rafael González Sepúlveda para otorgar patrocinio y poder, sin acreditar fehacientemente la representación de la sociedad. El tribunal consideró que este vicio no era subsanable y, por tanto, declaró inadmisible el reclamo. La resolución fue notificada mediante carta certificada conforme al artículo 131 bis del Código Tributario.