Resumen del criterio jurisprudencial
Corporación Educacional El Bosque presentó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 15, inciso segundo, del D.F.L. N° 2 de 1998, que establece que las subvenciones del Estado a establecimientos educacionales deben pagarse a los sostenedores o sus representantes legales, salvo en caso de medidas judiciales. La requirente argumentó que esta norma afectaba sus derechos constitucionales en el contexto de un proceso laboral seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. La Corporación Educacional El Bosque es una persona jurídica sin fines de lucro que sostiene siete colegios ubicados en zonas sensibles del país, financiados entre un 75% y 100% con fondos públicos, sirviendo a aproximadamente 9.000 alumnos. El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento, considerando que la norma impugnada no produce resultados contrarios a la Constitución.