Laboral

1) No sería procedente que la empresa Transportes Cruz del Sur Ltda. aplicare cláusula…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2003

Resumen

1) No sería procedente que la empresa Transportes Cruz del Sur Ltda. aplicare cláusula de contrato colectivo de asignación por pérdida de caja, mercaderías, herramientas, materiales o útiles de aseo, para efectuar con cargo a ella descuentos en las remuneraciones, en caso de rotura de foco de camión de la empresa. 2) No corresponde que la Dirección del Trabajo se pronuncie sobre aplicación de cláusula de contrato colectivo en materia de descuento de remuneraciones, respecto de ex trabajador de empresa Transportes Cruz del Sur Ltda. M.J.S.G., si se ha suscrito finiquito de contrato de trabajo entre las mismas partes.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Artículo 177 del Código del Trabajo
  • Artículo 161 del Código del Trabajo

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.