Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Corporación Nacional Forestal, ordenando la entrega de información sobre los árboles nativos identificados o registrados por CONAF en la localidad de Pucalán, comuna de Puchuncaví, región de Valparaíso, con la indicación de la ubicación aproximada en que se encontraría cada especie arbórea. En el evento de que, efectivamente, no existan en poder del órgano más antecedentes sobre la materia que los ya entregados, dicha circunstancia se deberá explicar y acreditar en forma detallada y pormenorizada, en la etapa de cumplimiento. Lo anterior, por tratarse de información pública que debe obrar en poder del municipio, conforme a sus obligaciones legales, y por haber desestimado que se haya otorgado acceso por medio de la modalidad especial de cumplimiento establecida en el artículo 15 de la Ley de Transparencia, toda vez que no se indicó la forma de acceder específicamente a los datos consultados, conforme lo dispuesto en la Instrucción General Nº 10 de este Consejo.