Penal

La Fiscalía acusó por los delitos frustrados de homicidio calificado y parricidio, reco…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Fiscalía acusó por los delitos frustrados de homicidio calificado y parricidio, reconociendo la concurrencia de la irreprochable conducta anterior. El querellante acusó en términos similares, alegando en subsidio de las calificantes, las agravantes de la premeditación y del premio o recompensa. Las Defensas sostuvieron la inocencia solicitando la absolución. El Tribunal tuvo por acreditado, respecto del primer imputado, la concurrencia del dolo homicida, así como el hecho de haber buscado, y conseguido concertadamente con la coimputada, obrar sobre seguro. En cuanto a la imputada, por haber tenido un vínculo matrimonial con la víctima, tuvo por probada su autoría en el delito de parricidio. Al desechar las alegaciones de las Defensas, en lo referido a la necesidad de superar la duda razonable, el Tribunal explicó que el sistema actual no exige una certeza absoluta (por lo demás imposible de alcanzar), siendo posible condenar existiendo dudas aceptables. Agregó, además, que las Defensas no lograron articular una versión alternativa. En cuanto a los alegatos finales de las Defensas, primero respecto a una presunta vulneración al principio de congruencia y una falta del dominio del acto de la acusada, el Tribunal manifestó que el primero se refiere a los aspectos esenciales de la acusación, no exigiéndose un cumplimiento literal entre la acusación y la sentencia, y el segundo, habiéndose probado que actuaron concertadamente, cumplió los presupuestos del artículo 15 nº 1 del Código Penal. Finalmente, respecto de las agravantes alegadas por el querellante, el Tribunal manifestó que de las pruebas presentadas, si bien se demostró el concierto para actuar, no alcanzó la convicción suficiente para hablar de persistencia e invariabilidad de la determinación criminal de los acusados, requisito esencial de la agravante invocada. Y por su parte, la agravante del artículo 12 nº 2 del Código Penal, al requerir la intervención de dos personas que celebren un pacto criminal previo donde uno de ellos encomiende matar y el otro actúe como autor ejecutor material del delito, no se configuró.

Boletín del Ministerio PúblicoFALLOS

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.