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El tribunal estimó que la alimentaria dejó de reunir los requisitos legales al cumplir…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal estimó que la alimentaria dejó de reunir los requisitos legales al cumplir 21 años y encontrarse trabajando. La sentencia pone fin a una obligación que se mantenía vigente desde 2006.

El Juzgado de Familia de Copiapó acoge demanda de cese de pensión alimenticia al constatar que la demandada superó los 21 años y cuenta con ingresos laborales propios.El tribunal aplica el artículo 323 del Código Civil, que fija los 21 años como límite de edad para la obligación alimentaria, salvo circunstancias excepcionales.La sentencia pone fin a una obligación que se mantenía vigente desde 2006, con fundamento en la pérdida de la calidad de alimentaria conforme a la ley.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.