Resumen del criterio jurisprudencial
El recurso de protección fue presentado ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Sin embargo, no se notificó el recurso, lo que llevó a que se tuviera por retirada la acción constitucional. La resolución se dictó el 2 de octubre de 2026, aplicando el artículo 148 del Código de Procedimiento Civil. Se ordenó tener por no presentada la acción para todos los efectos legales. La resolución sirve como sentencia de término y se ordenó registrar y archivar.