El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera) resolvió una cuestión prejud…
Sentencia · 2026
Resumen
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera) resolvió una cuestión prejudicial planteada por la Cour de cassation francesa respecto a la validez de dos marcas nacionales titularidad de Fauré le P.P.. La controversia se centró en determinar si una marca que incluye un número percibido como año de fundación de la empresa, evocando un saber hacer de larga duración que confiere garantía de calidad e imagen de prestigio, constituye publicidad engañosa conforme al artículo 3, apartado 1, letra g) de la Directiva 2008/95/CE. El Tribunal concluyó que cuando una marca incluye un número interpretable como año de creación y evoca antigüedad y saber hacer prolongado, aun sin que exista tal amplitud temporal real, puede inducir al público a error. La sentencia establece que tales marcas incurren en carácter engañoso y pueden ser denegadas o declaradas nulas.
Normas citadas
Artículo 267 TFUE
Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015
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