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Los tta son competentes para discutir y resolver sobre vicios de nulidad de derecho púb…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2013

Resumen

Los tta son competentes para discutir y resolver sobre vicios de nulidad de derecho público, siempre que se haga respecto de un acto reclamable y en el marco de alguno de los procedimientos previstos en la ley n°20.322. las limitaciones sobre las causales por las que se puede reclamar, se refieren al mérito del acto, no a su forma o procedimiento, por lo que estos últimos conceptos pueden discutirse en el procedimiento general de reclamo. en la especie, no existió vicio alguno, por lo que se rechazó el reclamo.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Ley N° 20.322
  • Código de Procedimiento Civil
  • Artículo 10 del Código Tributario
  • Artículo 124 del Código Tributario
  • Artículo 133 del Código Tributario
  • Artículo 132 del Código Tributario
  • Ley 19.880

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