Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta de un municipio respecto de la renovación del permiso de circulación de vehículos cuyos propietarios no acreditan el pago del impuesto del año anterior. El dictamen recuerda que la norma exige el pago total de ese impuesto para renovar el permiso, salvo que el vehículo haya estado acogido a una exención legal en ese período. Como la normativa no fija un procedimiento específico para comprobarlo, se aplica supletoriamente la Ley N° 19.880, que admite cualquier medio de prueba admisible en derecho. Se reconoce que las municipalidades pueden emitir permisos de circulación electrónicos conforme a la Ley N° 19.799. Por ello, excepcionalmente, ante la falta del comprobante, el municipio puede iniciar un procedimiento de verificación y realizar consultas electrónicas con otras entidades edilicias, cuidando la autenticidad de la información, en aplicación de los principios de celeridad, economía procedimental y no formalización.