Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional conoció de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Conjunto Residencial Las Terrazas de Cerrillos respecto de los artículos 429, inciso primero, parte final, del Código del Trabajo, y 4° bis, inciso segundo, de la Ley N° 17.322. La gestión pendiente es un proceso de cobranza laboral y previsional en el que la requirente tiene la calidad de ejecutada y se le persigue el cobro de una suma que se ha incrementado tras casi 15 años de inactividad del ejecutante. La actora argumentó que la exclusión del abandono del procedimiento vulnera las garantías de igualdad ante la ley, debido proceso, propiedad y seguridad jurídica, generándole indefensión y una carga patrimonial injustificada. El Tribunal consideró que la finalidad legislativa de impulsar el proceso de oficio y evitar su paralización es legítima, pero que en el caso concreto la improcedencia del abandono no es un medio razonable para tal fin e impone una carga no razonable a la parte requirente. En consecuencia, declaró que la aplicación de los preceptos impugnados produce efectos contrarios a la Constitución en las circunstancias particulares del caso, acogiendo el requerimiento. La decisión fue adoptada con la disidencia del Ministro Héctor Mery Romero.