Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por José Valentín Cancino Tejo y otros en contra de la Resolución Exenta N° del Director Regional del SEA de la Región del Maule, que no admitió a trámite una solicitud de invalidación contra la Resolución Exenta N° (ICSARA) del proyecto 'Optimización del sistema de manejo de purines del primer grupo de 24 pabellones del plantel porcino de 10 mil madres, San Agustín del Arbolito', de Agrícola Coexca S.A. Los reclamantes alegaron que el acto administrativo vulneraba el debido proceso y el derecho de participación ciudadana. El tribunal consideró que la resolución impugnada se ajustaba a derecho, pues la solicitud de invalidación no cumplía con los requisitos legales para ser admitida. Se analizó la naturaleza del ICSARA como acto trámite no impugnable y la aplicación del principio de debido proceso en procedimientos administrativos ambientales. La sentencia concluyó que el SEA actuó dentro de sus facultades al rechazar la solicitud, confirmando la legalidad del acto recurrido.