Se interpone acción constitucional de protección en contra de la Isapre recurrida y la…
Sentencia · Corte Suprema · 2026
Resumen
Se interpone acción constitucional de protección en contra de la Isapre recurrida y la Superintendencia de Salud por la decisión de alzar el precio de la prima GES, considerándolo unilateral, desproporcionado e injustificado. El recurrente alega vulneración de las garantías constitucionales de los numerales 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución, solicitando dejar sin efecto la adecuación o ajustar el precio. La Corte reproduce la sentencia de alzada y analiza la normativa aplicable, en particular el artículo 206 del D.F.L. N° 1 de 2005 y la Resolución Exenta N° 1.541 de 2025. Explica que la prima GES es el resultado de un proceso previo, objetivo y fiscalizado por la Superintendencia, en resguardo de los usuarios. Concluye que no existe actuar ilegal ni arbitrario de las recurridas, por lo que no se vulneran garantías fundamentales. En consecuencia, confirma la sentencia apelada que rechazó la acción de protección, sin costas.
Normas citadas
Art. 206 incisos 1 y 2 D.F.L. N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud
Art. 206 bis D.F.L. N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud
Ley N° 21.674
Resolución Exenta N° 1.541 del Ministerio de Salud (2025)
Art. 19 numerales 9 y 24 Constitución Política de la República
Art. 20 Constitución Política de la República
Auto Acordado de la Corte Suprema sobre acción de protección
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