Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones acoge el recurso de nulidad deducido por ex funcionaria de la Presidencia de la República contra sentencia que desestimó su demanda de reconocimiento de relación laboral. El tribunal de primera instancia había aplicado erróneamente el Estatuto Administrativo para calificar el contrato como a honorarios por cometido específico. La Corte determina que las labores fueron desarrolladas de forma prolongada y continua desde abril 2014 hasta diciembre 2018, lo que contradice la especificidad requerida. Se constata subordinación y dependencia respecto de la jefatura, elementos propios de una relación laboral regida por el Código del Trabajo. La sentencia anula el fallo de primera instancia por aplicación incorrecta de normativa.