Penal

En este artículo se intenta contestar la pregunta acerca de si son asimilables los tipo…

Resumen del criterio jurisprudencial

En este artículo se intenta contestar la pregunta acerca de si son asimilables los tipos penales de tráfico ilícito de migrantes descritos en el Código Penal español (318 bis) y en el Código Penal chileno (411 bis). La pregunta surge a raíz de que la única sentencia de la Corte Suprema chilena, que a la fecha ha conocido y resuelto un recurso de nulidad de un caso de tráfico ilícito de migrantes, cita una sentencia del Tribunal Supremo español para argumentar una postura acerca del bien jurídico tras este tipo penal. Se inicia con un comentario a dicha sentencia, en la que se explica el contexto en que se realizó la cita y con qué objeto. Luego se hace una breve reseña del tipo penal español y sus modificaciones, para llegar a lo que está tipificado como tráfico ilícito de migrantes actualmente en España. Le sigue una breve reseña 1 Abogada de la Unidad Especializada en Lavado de Dinero, Delitos Económicos, Medioambientales y Crimen Organizado, Fiscalía Nacional, Ministerio Público. de la introducción del tipo chileno al Código Penal y sus diferencias con la trata de personas. Por último, se enuncian las tesis españolas y chilenas acerca del bien jurídico tras este tipo penal. Se concluye con una respuesta negativa a la pregunta formulada, fundada en la estructura de cada tipo penal y una crítica a la técnica argumentativa de la Corte en la sentencia comentada.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.