Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt resolvió un recurso de amparo interpuesto por GARCIA en contra del Servicio Nacional de Migraciones. La corte examinó si el recurso de amparo era procedente y determinó que no existía una afectación a la libertad personal o seguridad individual del recurrente según el artículo 19 N°7 de la Constitución. Por ello, declaró inadmisible el recurso de amparo. No obstante, considerando que podría existir una eventual afectación a otras garantías constitucionales del artículo 20, recondujo la presentación a un recurso de protección. La corte ordenó al Servicio Nacional de Migraciones emitir un informe en un plazo de cinco días hábiles. Asimismo, denegó la solicitud de orden de no innovar.