TributarioAcoge

Se rechaza en parte el reclamo por no haberse acreditado las operaciones de que dan cue…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2013

Resumen

Se rechaza en parte el reclamo por no haberse acreditado las operaciones de que dan cuenta las facturas cuestionadas y no haberse probado la contabilización de créditos fiscales declarados. se acoge el reclamo en cuanto a partidas liquidadas respecto de las cuales no procede la prescripción extraordinaria. se rechaza la alegación de nulidad de las liquidaciones por ¿decaimiento¿ en virtud de la ley 19.880, debido a la improcedencia de dicha sanción en materia tributaria, atendida la aplicación especial de los artículos 59°, 200°, 201°, del código tributario y de la ley 18.320. la iltma. corte de apelaciones de iquique confirma la sentencia y la excma. corte suprema rechaza el recurso de casación deducido por la reclamante por manifiesta falta de fundamento.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Ley 18.320
  • Artículo 63° del Código Tributario
  • Ley N° 19.880
  • Decreto Ley 825
  • Artículo 200° del Código Tributario
  • Ley de Impuesto a la Renta
  • D.L. N° 824

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