Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamante Lota Protein S.A., representada por Robert Schultz Figueroa, se desistió expresamente de su reclamo tributario ante el Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. El Servicio de Impuestos Internos evacuó el traslado aceptando el desistimiento. En virtud de los artículos 148 del Código Tributario y 148, 149, 150 y 151 del Código de Procedimiento Civil, el tribunal acogió el desistimiento sin costas. Se ordenó notificar a la reclamante por carta certificada y a la reclamada mediante publicación en el sitio web del tribunal. La resolución fue dictada por el Juez Titular Anselmo Iván Cifuentes Ormeño y autorizada por el Secretario Titular Jaime Andrés González Orrico.