Resumen del criterio jurisprudencial
Viñedos Valle de Casablanca S.A. interpuso recurso de casación contra la Dirección General de Aguas (DGA) por la resolución que rechazó su oposición al cambio de punto de captación de aguas subterráneas en el acuífero del Estero de Casablanca. La parte recurrente alegó que dicho acuífero constituye un área protegida bajo la Ley Nº 19.300 y que, por tanto, el proyecto debía someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y obtener una Resolución de Calificación Ambiental favorable. Asimismo sostuvo que la resolución DGA violaba principios como la fe pública, la confianza legítima y la seguridad jurídica, y que el cambio de captación podía dañar su pozo y la calidad del agua. La Corte Suprema, integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Manuel Valderrama y el abogado integrante Jorge Lagos, desestimó el recurso, considerando que la actora no acreditó perjuicio ni la condición de área protegida que obligara al EIA. En consecuencia, se confirmó la resolución DGA y se rechazó la casación tanto en forma como en fondo, aplicándose los artículos 764, 765, 767, 768, 805 y 806 del Código de Procedimiento Civil.