Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de un recurso de apelación contra la resolución de la Corte de Apelaciones de San Miguel que declaró inadmisible una acción de amparo interpuesta por Lusvenia Soledad Lincon Herrera contra el 12° Juzgado de Garantía de Santiago. El recurrente alegó que su situación se enmarcaba en los supuestos del artículo 21 de la Constitución Política de la República. La Corte Suprema revocó la decisión de inadmisibilidad, señalando que los antecedentes descritos en el recurso sí pueden constituir uno de los supuestos constitucionales, por lo que la acción debe ser admitida a tramitación. En consecuencia, ordenó a una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones de San Miguel dar tramitación al amparo y pronunciarse sobre el fondo. La resolución se fundó en que la admisibilidad no exige certeza de la vulneración, sino solo la posibilidad de que exista. El fallo no se pronunció sobre el fondo del amparo, sino únicamente sobre su admisibilidad. La decisión fue unánime, sin disidencias.