Se trata de un proveído del Tribunal Constitucional de fecha 9 de enero de 2026, dictad…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2026
Resumen
Se trata de un proveído del Tribunal Constitucional de fecha 9 de enero de 2026, dictado en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, número 6, e inciso undécimo de la Constitución Política de la República. El documento constituye un acto de tramitación que ordena dar cuenta en la Primera Sala y designa como Relatora a doña F.H.G.. El proveído fue dictado por la Presidenta del Tribunal Constitucional, Ministra N.A.Y.F.. Este documento incorpora firma electrónica avanzada cuya validez puede ser consultada en el sitio web del Tribunal Constitucional.
Normas citadas
Artículo 93, inciso primero, N° 6, Constitución Política de la República
Artículo 93, inciso undécimo, Constitución Política de la República
Artículo 8°, letras b) y d), Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
Artículo 32, Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
Artículos 79 y siguientes, Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
Tribunal Constitucionalinaplicabilidadtramitacióncontrol de constitucionalidadfirma electrónicaprocedimiento constitucional
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.