Resumen del criterio jurisprudencial
Los proyectos que afecten humedales en los términos que establece el literal s) del artículo 10 de la ley N° 19.300, deben someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental aun cuando no haya mediado declaración de humedal urbano. Reconsidera parcialmente el dictamen N° E129413, de 2021.