Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado Luis Canales Cabellos interpuso un recurso de protección a favor de Marina del Carmen Canales Carrasco en contra de Isapre Consalud S.A. por no adecuar su plan de salud preexistente al 1 de marzo de 2022 a la cobertura integral de salud mental exigida por la Ley N° 21.331 y la Circular IF/N° 396. La recurrente alega que la recurrida solo otorga dicha cobertura a afiliados posteriores a esa fecha, discriminándola arbitrariamente y vulnerando sus derechos a la igualdad y a la integridad psicológica. La Isapre opuso la extemporaneidad de la acción y sostuvo que el contrato no puede modificarse unilateralmente sin el consentimiento de las partes, citando el artículo 1545 del Código Civil. El documento incluye el voto disidente de un abogado integrante que estimó que la diferencia de trato carece de fundamento razonable y configura discriminación arbitraria. El disidente propuso acoger el recurso y ordenar la adecuación del plan sin costas, pero la decisión mayoritaria no se encuentra en el texto proporcionado.