Resumen del criterio jurisprudencial
El Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana rechazó el reclamo interpuesto por Inmobiliaria e Inversiones Yoncaben Limitada contra la Resolución Ex. SII N°2533, que denegó la devolución de un saldo a favor de $676.313 correspondiente al año tributario 2013, compuesto por Pagos Provisionales Mensuales (PPM) y un Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA). El SII fundó su negativa en inconsistencias detectadas en la declaración, que el contribuyente no logró subsanar tras una notificación que fue recibida por el guardia de seguridad de la empresa. La reclamante alegó falta de fundamentación de la resolución y vulneración del debido proceso, argumentando que el SII no detalló las inconsistencias y que la notificación no fue debidamente recepcionada. El tribunal consideró que la resolución del SII se bastaba a sí misma y que el contribuyente tuvo oportunidad de aportar antecedentes, pero no lo hizo. Asimismo, valoró que los pagos provisionales no pueden retenerse arbitrariamente, pero que en este caso existían observaciones no resueltas. Finalmente, se confirmó la resolución administrativa y cada parte pagó sus costas.