Resumen del criterio jurisprudencial
José Miguel Martínez Barrios, de nacionalidad venezolana y con residencia definitiva en Chile, interpuso un recurso de protección contra el Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior por la omisión en pronunciarse sobre su solicitud de nacionalización presentada el 24 de enero de 2024. El recurrente alegó infracción a los principios de celeridad, inexcusabilidad y economía procedimental de la Ley N°19.880. Los recurridos informaron que la solicitud fue recibida por el Ministerio el 4 de junio de 2026 y se encuentra en tramitación, argumentando que el plazo de seis meses no es fatal y que la acción de protección no es la vía adecuada. La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó el recurso, considerando que no existía una omisión ilegal o arbitraria, ya que el plazo legal no había vencido y el recurrente ya goza de residencia definitiva, sin afectación a sus derechos constitucionales. Se determinó que la infracción a la normativa legal no trae aparejada una afectación sustancial a las garantías invocadas.