Resumen del criterio jurisprudencial
No. La ley no concede derecho al personal asistente de la educación que labora en las oficinas centrales de administración para recibir el incremento de remuneraciones dispuesto en la ley N° 19.464.
No. La ley no concede derecho al personal asistente de la educación que labora en las oficinas centrales de administración para recibir el incremento de remuneraciones dispuesto en la ley N° 19.464.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.