Laboral

Laboral: Estatuto Docente, Personal asistente de la educación

Resumen del criterio jurisprudencial

No. La ley no concede derecho al personal asistente de la educación que labora en las oficinas centrales de administración para recibir el incremento de remuneraciones dispuesto en la ley N° 19.464.

Estatuto DocentePersonal asistente de la educación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.