Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revocó la sentencia que permitió el registro de la marca 'MR MERCADORAPID' debido a que consideró que existe riesgo de confusión con la marca previamente registrada por 'MERCADOLIBRE CHILE LIMITADA'. La recurrente alegó vulneración del artículo 16 de la Ley N° 19.039, argumentando que el fallo impugnado no analizó adecuadamente el riesgo de confusión. El tribunal de casación consideró que la sentencia carecía de coherencia y razonabilidad en su motivación, y que no se valoró debidamente la prueba rendida en autos.