Resumen
El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por una parte ejecutada en un juicio ejecutivo de cobro de patente municipal seguido ante el Décimo Sexto Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago. La requirente impugnó la frase del artículo 47 del D.L. N° 3063 que otorga mérito ejecutivo al certificado de deuda emitido por el secretario municipal, argumentando que el certificado carecía de antecedentes esenciales como el rol de la patente, fechas de vencimiento y que fue elaborado unilateralmente por la Municipalidad de Lo Barnechea con información del Servicio de Impuestos Internos sin verificar el hecho gravado. Sostuvo que la norma vulneraba la igualdad ante la ley y el debido proceso al permitir a la municipalidad crear un título ejecutivo sin instancia previa de contradictoriedad. La mayoría del Tribunal estimó que la aplicación concreta del precepto infringía el artículo 19 N°3 de la Constitución, pues privaba a la requirente de la posibilidad de controvertir la obligación en un juicio declarativo, afectando su derecho a defensa y a un procedimiento racional y justo. La sentencia fue redactada por la Ministra C.L.T., y contó con una disidencia de la Ministra M.P.R..