Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra del Hospital Santiago Oriente Dr. Luis Tisné Brousse, ordenándose la entrega ficha clínica y documentos de procedimiento médico del padre de la reclamante. Lo anterior, por cuanto, atendido los términos de la solicitud, se trata de antecedentes médicos del padre fallecido de la reclamante, respecto del cual detenta la calidad de heredero -hija del fallecido-. La entrega deberá efectuarse de conformidad al numeral 4.3 de la Instrucción General N°10 de este Consejo, previa acreditación de la identidad de la solicitante y de su calidad de heredero del causante.