Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Sagrada Familia, respecto de información sobre los valores por hora de atención en el caso de los profesionales que corresponden a Servicios a Honorarios, y en el caso de los Plazo Fijo o Planta Valor Hora o, en su defecto, si se cancelan horas extras, teniendo por entregada la información reclamada, aunque de manera extemporánea, toda vez que, con ocasión de sus descargos en esta sede, el órgano remitió antecedentes que permiten satisfacer el requerimiento que dio origen al presente amparo. Finalmente, se representa al órgano la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, por no haber entregado respuesta a la solicitud, dentro de los plazos legales.