Resumen del criterio jurisprudencial
Mientras no se dicten las instrucciones que indica, se debe entender que todos los establecimientos respectivos cumplen con los requisitos para los de menor complejidad y que son necesarios para el pago de la asignación de estímulo a la función directiva del personal que señala. Las direcciones de los servicios de salud, los centros de salud familiar y los centros comunitarios de salud mental familiar no deben ser incluidos en el total de establecimientos que indica la letra a) del artículo 91 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud