Resumen del criterio jurisprudencial
El Abogado General Rantos presentó conclusiones en el asunto C-333/21 relativo a la compatibilidad de las normas de FIFA y UEFA que requieren autorización previa para nuevas competiciones con el Derecho de la Unión Europea. La European Super League Company (ESLC), una sociedad española integrada por prestigiosos clubes europeos, pretendía organizar una competición de fútbol cerrada independiente de la UEFA. FIFA y UEFA respondieron con una declaración de no reconocimiento y amenazas de expulsión para clubes y jugadores participantes. El Juzgado de lo Mercantil n.º 17 de Madrid remitió la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia para determinar si estas disposiciones estatutarias y sanciones son compatibles con las normas de competencia y libertades fundamentales del Tratado FUE. El Abogado General concluyó que la exigencia de autorización previa es compatible con el Derecho de la Unión, considerando las particularidades del deporte.