Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema resuelve que el empleador Evercrisp Snack Productos Chile S.A. debe reembolsar al trabajador Claudio Rodríguez Lizama los descuentos efectuados a su cuenta de seguro de cesantía. Se declara el despido improcedente y se condena al empleador al pago de prestaciones laborales por concepto de incremento de indemnización y restitución de montos descontados. La sentencia reconoce que el trabajador se encontraba sujeto a una jornada de trabajo de 45 horas semanales, contrario a lo estipulado en el contrato. Se rechaza parcialmente la demanda en otros aspectos solicitados por el demandante.