El reclamo de avalúo dentro del procedimiento del artículo 149° del código tributario n…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2025
Resumen
El reclamo de avalúo dentro del procedimiento del artículo 149° del código tributario no es improcedente ni extemporáneo. la ampliación de reclamo conforme al procedimiento general de reclamo sí es extemporánea.
procede la aplicación de un ce (coeficiente excepcional) por toma del inmueble, conforme a lo dispuesto en el n°1 de la parte resolutiva de la resolución n°129 del 2022 y del numeral 2.3 del anexo n°2 de la misma resolución, página 11, donde se establecen las pautas para la aplicación de los denominados “coeficiente excepcional (ce)”, del cual es relevante específicamente el ce “predios afecto a siniestro o catástrofe”, antecedentes todos que se analizan en el apartado vii por lo cual se concede rebaja del avalúo fiscal del rol reclamado, según lo determinado en el apartado viii, considerando 22°.
apelado el fallo por la reclamada, el tribunal especial de alzada confirmó la sentencia de primer grado.
Normas citadas
Código Tributario
Ley 17.235
Resolución Ex. N° 40
Artículo 3º de la Ley N° 17.235
Ley N° 20.650
Ley N° 19.537
Resolución Exenta. N° 102023205874
Artículo 149° del Código Tributario
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