Resumen del criterio jurisprudencial
La sociedad Mediterráneo S.A. interpuso una reclamación contra la Dirección General de Aguas (DGA) por la inclusión de su derecho de aprovechamiento de aguas en el listado de derechos afectos al pago de patente por no uso. La reclamación fue rechazada por la Corte de Apelaciones de Santiago, y la parte reclamante dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema. En el recurso de casación en la forma, se alegó omisión de decisión del asunto controvertido, pero la Corte Suprema lo declaró inadmisible por no configurarse el vicio. En el recurso de casación en el fondo, se denunció infracción de normas sobre confesión y presunción de no uso del artículo 129 bis 9 del Código de Aguas. La Corte Suprema rechazó el recurso, concluyendo que el derecho de aprovechamiento no estaba en uso y que la DGA actuó conforme a la normativa. Se confirmó que la presunción de no uso no fue desvirtuada por la recurrente, ya que no se acreditaron actos concretos de uso del caudal.