Resumen del criterio jurisprudencial
Hydro Exploraciones SpA solicitó la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas alumbradas en un predio fiscal, pero la Dirección General de Aguas (DGA) la tuvo por desistida por no presentar la autorización del Ministerio de Bienes Nacionales, exigida por el artículo 24 del Decreto Supremo Nº203 de 2013. La empresa reclamó judicialmente la ilegalidad de dicha exigencia, argumentando que el predio estaba gravado con una servidumbre minera y que el Ministerio había perdido la administración. La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el reclamo, y la empresa interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema. La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el de fondo, confirmando la decisión administrativa. Sostuvo que la autorización del Ministerio de Bienes Nacionales es un requisito legal para la constitución de derechos de aprovechamiento en inmuebles fiscales, y que la servidumbre minera no exime de dicho requisito. Además, rechazó la alegación de inconstitucionalidad de la potestad reglamentaria, pues la exigencia se ajusta a la ley. La empresa no logró demostrar la falta de ilegalidad del acto impugnado.